• 03/10/2025 17:56

Comunicado de jueces y juezas de los juzgados de violencia sobre la mujer

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juzgado de violencia sobre la mujer

1.- El día 3 de enero de 2025 se publicó la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que en su artículo 89 atribuye a las Secciones de Violencia sobre La Mujer el conocimiento de la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos contra la libertad sexual previstos en el título VIII del libro II del Código Penal, así como por los delitos de mutilación genital femenina, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, cuando la persona ofendida por el delito sea mujer, para dar cumplimiento a la disposición final vigésima de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, en relación con la especialización en violencias sexuales.

De estos delitos ya conocían los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, siempre y cuando entre la víctima mujer y el agresor varón mediara o hubiera mediado un vínculo afectivo; la novedad radica, por tanto, en que dichos órganos judiciales comenzarán a conocer de los mismos con independencia de la existencia o no de vínculo matrimonial o análogo entre las partes.

 Ello supone un salto cualitativo y cuantitativo en el ámbito de la competencia objetiva y subjetiva de unos Juzgados ya de por sí saturados, que, según se afirma, obedece al cumplimiento por España de sus compromisos internacionales –Convenio de Estambul-, y a lo previsto en la Ley Orgánica 10/ 2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, pero que se hace sin haber dado cumplimiento a las exigencias que esos mismos compromisos internacionales y dicha Ley Orgánica establecen en orden a asegurar que estos órganos especializados puedan asumir dicho aumento de competencias: la previa dotación de recursos materiales y personales. 

2.- Pese a la falta de dotación presupuestaria de la Ley, pues se trata de una reforma a coste cero que, según los propios cálculos del Ministerio de Justicia, va a suponer un aumento de la carga de al menos el 20%, se pretende convencer a la ciudadanía afirmando que, si es necesario, se reconvertirán Secciones de Instrucción en Secciones de Violencia sobre la Mujer. 

Sin embargo, lo que no se explica a la ciudadanía es que la entrada en vigor de dicho aumento de competencias tendrá lugar el 3 de octubre de 2025, tres meses antes de la fecha prevista con carácter general para que entren en funcionamiento las Secciones de Instrucción y de Violencia sobre la Mujer, el 31 de diciembre de 2025. Es decir, que esas supuestas “facilidades” para la asunción de la competencia no son reales.

El efecto inmediato de la reforma va a ser el colapso total de unos Juzgados ya de por sí sobrecargados, en una materia tan sensible como es la relacionada con la lucha contra la violencia de género y la protección de las mujeres y de sus hijos e hijas. 

3.- Se insiste en la necesidad y la bondad de la reforma haciendo referencia a que

de estos delitos tienen que conocer unos órganos especializados como son los Juzgados de Violencia sobre la Mujer –las futuras Secciones de Violencia sobre la Mujer-, por la experiencia que los mismos han acumulado y demostrado desde que entraron en funcionamiento, el 29 de junio de 2005. Se insiste asimismo en el trato adecuado a la víctima, y en la necesidad de que esta sea escuchada con tranquilidad y sosiego.

Sin embargo, lo que no se cuenta a la ciudadanía es que en estos casi veinte años se ha aumentado progresivamente y exponencialmente tanto el tipo de delitos de los que aquellos conocen como el número de denuncias, sin que este aumento haya ido acompañado de una correlativa ampliación del número de Juzgados.

 Tampoco se informa a la ciudadanía de que sólo en cinco partidos judiciales – Madrid (11), Barcelona (5), Sevilla (4), Málaga (4) y Valencia (6)-, estos órganos funcionan con servicio de guardia igual que un Juzgado de Instrucción: reciben denuncias y detenidos durante todo el día.  En el resto de los 88 órganos exclusivos, que sólo conocen de Violencia sobre la Mujer, se resuelven todos los asuntos penales que reciben durante la mañana, además de los asuntos civiles de familia de los que también conocen –separaciones, divorcios, filiaciones, liquidaciones de régimen económico ganancial…-. Y en los 350 Juzgados restantes, en los no exclusivos, en los de los partidos judiciales pequeños, se conoce de dichos asuntos junto con el resto de materias, que van desde un juicio de tráfico hasta una reclamación de cantidad. Y ello sin prestar servicio de guardia; sin poder garantizar a las partes que ese día podrá celebrarse el proceso de divorcio señalado meses antes. Porque si se recibe una denuncia con una petición de orden de protección, una medida de alejamiento, o, simplemente, un detenido por un acto de violencia de género, todo se paraliza para atender este asunto penal prioritario.

3.- Se insiste en que para que los Juzgados/Secciones de Violencia sobre la Mujer puedan asumir esa nueva carga de trabajo de al menos el 20%, se va a trabajar para que tengan los medios suficientes para responder.

Sin embargo, de lo que no se informa a la ciudadanía es que, en la actualidad, la mayoría de estos órganos trabaja con una absoluta precariedad de medios, sin contar con los preceptivos equipos de valoración forense; de asesoramiento y asistencia a la víctima; con un más que deficiente funcionamiento de los dispositivos telemáticos de control; con sistemas de asistencia letrada a través de llamada telefónica a una centralita que no garantiza la presencia permanente del letrado en la oficina judicial; sin forense de guardia; sin salas Gesell que permitan la exploración de los menores en condiciones idóneas en atención a su edad y vulnerabilidad; en muchas ocasiones, con salas de vistas compartidas que impiden las grabaciones de las declaraciones; y sin dotar de sistemas de grabación en los despachos que permitan suplir esas carencias.

Unas carencias que se vienen arrastrando desde hace años, sin que las peticiones de dotación de más medios personales y materiales hayan sido atendidas, pese a que se trata de un problema sobradamente conocido y denunciado en los informes del Defensor del Pueblo o del Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer y Doméstica (GREVIO), que verifica el cumplimiento del Convenio de Estambul.

Tampoco se informa a la ciudadanía de que ese 20% de carga adicional se incardina en una materia que exige múltiples actuaciones inmediatas y urgentes, como entradas y registros e intervenciones telefónicas, por parte de unos Juzgados que en su gran mayoría, como se ha indicado, no prestan servicio de guardia, –lo que significa que deben realizarse al tiempo que se celebra una vista de divorcio, una declaración testifical o un juicio de tráfico, por ejemplo-.

Tampoco se cuenta que ese 20% de carga adicional se produce precisamente respecto de unos delitos, contra la libertad sexual y de trata con fines de explotación sexual, en los que el número de asuntos no refleja el tiempo de trabajo y la atención directa y personalizada que exigen. Empezando por la toma de declaración de una víctima que necesita tiempo y comprensión para exponer su relato, que no entiende de prisas, ni las merece, y que, particularmente en el caso de la trata con fines de explotación sexual, es en general más de una, y además, en la mayoría de los casos, extranjera, lo que exige su toma de declaración como prueba preconstituida.

Lo que no se cuenta a la ciudadanía es que si esa mañana se recibe una causa de agresión sexual o de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, todo lo demás pasaría a segundo plano.

Lo que no se cuenta, en suma, es que todo esto exige tiempo, tranquilidad, sosiego. Que es precisamente lo que no se tiene.

4.- Se insiste en que esta nueva ampliación de competencias responde a la necesidad de un abordaje integral de todas las formas de violencia contra las mujeres. 

Sin embargo, lo que no se cuenta a la ciudadanía es que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer nacieron y funcionan con un ámbito de actuación mucho más reducido, el de la Ley Orgánica 1/2004, limitando su competencia a unos determinados delitos y a una concreta relación entre la mujer víctima y el varón agresor: que exista o haya existido entre ellos un vínculo matrimonial o relación de afectividad análoga.

Tampoco se cuenta a la ciudadanía que en ese progresivo aumento de competencias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, se ha incluido igualmente la violencia hacia los hijos y las hijas de las víctimas de violencia de género, no sólo la violencia directa, sino también la instrumental, la denominada violencia vicaria, siendo esta una de las líneas directrices del nuevo Pacto de Estado de 2025, la violencia económica y la violencia digital; todo ello para asegurar precisamente ese abordaje integral de la violencia de género en el marco de la pareja o ex pareja. 

Superar este marco para incluir cualquier forma de violencia contra la mujer por el mero hecho de ser mujer, incluyendo la violencia sexual, supone un desbordamiento en la propia configuración de estos órganos judiciales que conllevará indefectiblemente una situación de saturación y colapso de los mismos, y una absoluta imposibilidad material de seguir proporcionando a la víctima un trato adecuado y sosegado que permita un enfoque integral de su situación.

La conclusión de todo lo expuesto es que, tal y como venimos anunciando desde el mismo momento en que se aprobó el proyecto de Ley Orgánica, se va a producir un significativo paso atrás en la lucha contra la violencia de género, que puede generar espacios de desprotección y riesgo para las mujeres víctimas de dicha violencia y sus hijos e hijas, ante la imposibilidad material de poder atender de manera pormenorizada y detallada cada asunto civil y penal, existiendo ya estudios que demuestran que los Juzgados más congestionados son los más proclives a rechazar las peticiones, precisamente por esa sobrecarga que sufren. Y es que, cuando todo es importante y urgente, nada es preferente.

Quienes desempeñamos nuestra labor en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, con una implicación que traspasa lo meramente profesional, para acompañar a las víctimas y a sus hijos e hijas en el largo camino que se inicia con la denuncia, consideramos de suma importancia que la ciudadanía, y singularmente las mujeres que necesitan de un sistema judicial eficaz para encontrar una salida a la tiranía de la violencia, conozcan el desolador y peligroso escenario que se vislumbra con la nueva asunción de competencias que está previsto se produzca a partir del 3 de octubre de 2025. 

  1. Eva López Domínguez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de A Coruña.
  2. Olga Rodríguez Vera, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Albacete.
  3. Ana Isabel Ranz Gil, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Alcalá de Henares (Madrid).
  4. Sonia Nuez Rivera, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Alcobendas (Madrid).
  5. Agustín Carretero, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Alcorcón (Madrid).
  6. Carmen Méndez Cortés, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Alicante.
  7. María Teresa Imbroda Molina, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Alicante.
  8. María del Mar del Campo Iniesta, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Alicante.
  9. María del Carmen Apestegui López, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Almería.
  10. Carmen Marín Obra, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Almería.
  11. María José Juan García, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Alzira (Valencia).
  12. Ana Sánchez Piñero, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Badajoz.
  13. Blanca Llaria Ibañez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Barakaldo (Vizcaya).
  14. Carlos Pascual Alfaro, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Barcelona.
  15. Francisca Verdejo Torralba, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Barcelona.
  16. Gabriela Paula Sagrado Pessagno, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Barcelona.
  17. María Begoña Villellas Sancho, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 5 de Barcelona.
  18. Juan José Casasempere Sanus, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Benidorm (Alicante).
  19. Leticia Badiola Pérez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Bilbao.
  20. María Teresa Gonzalo Rodríguez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Burgos.
  21. María Cristina Mendigutia de la Cruz, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Cáceres.
  22. Bárbara Izquierdo González, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Cádiz.
  23. Cintia Martínez Sánchez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Cartagena (Murcia).
  24. Nuria Barona Martínez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Castellón.
  25. Fátima Ortiz Alarcón, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Córdoba.
  26. María José Cancer Minchot, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Coslada (Madrid).
  27. María Luisa Calabuig Costa, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Dénia (Alicante).
  28. María Aurora Gabino Amantegui, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Donosti-San Sebastián (Gipúzkoa).
  29. Ricardo Rodríguez Ruiz, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Dos Hermanas (Sevilla).
  30. Eduardo Serrano Talán, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Elche (Alicante).
  31. María del Carmen Valverde, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Elche (Alicante).
  32. Raquel Lucini Nieves, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Fuengirola (Málaga).
  33. Leyre González Carabias, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Fuenlabrada (Madrid).
  34. Antonio Rafael Hernández Olivencia, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gandía (Valencia).
  35. Zaida Herraiz Navarro, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gavá (Barcelona).
  36. Cira García Domínguez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Getafe (Madrid).
  37. Estrella María González Maroño, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gijón (Asturias).
  38. María Vila Casas, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Girona.
  39. Cristina Cueto Moreno, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Granada.
  40. Aurora María Angulo González de Lara, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Granada.
  41. Juan Carlos Torres Ailhaud, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Ibiza (Baleares).
  42. Isabel María Moreno Almagro, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jaén.
  43. Raquel Gómez Sancho, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jerez de la Frontera (Cádiz).
  44. Luis Ocaña García, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Las Palmas de Gran Canaria.
  45. María Auxiliadora Díaz Velázquez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
  46. Carmen Simón Rodríguez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Las Palmas de Gran Canaria.
  47. María Irene Navarro de Haro, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Leganés (Madrid).
  48. María Arévalo Rodríguez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de LLeida.
  49. María Astiazarán Calvo, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Logroño (La Rioja).
  50. María Jesús López Chacón, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Madrid.
  51. María Gracia Parera de Cáceres, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Madrid.
  52. Begoña López Anguita, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 5 de Madrid.
  53. María del Carmen Gamiz Valencia, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 6 de Madrid.
  54. David Yehiel Maman Benchimol, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 8 de Madrid.
  55. Inés Malagón Martín, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 9 de Madrid.
  56. Alejandro José Galán Rodríguez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 10 de Madrid.
  57. María del Carmen Gutiérrez Henares, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Málaga.
  58. María Concepción Montoya González, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Málaga.
  59. Carlota Sofía Sánchez Márquez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Málaga.
  60. Carmen María Castellanos González, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 4 de Málaga.
  61. Sílvia Mañas Vidal, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Manresa (Barcelona).
  62. Lucas Rubio Fernández, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Marbella y Estepona (Málaga).
  63. Rafael Ponce Cuéllar, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Mataró (Barcelona).
  64. Nerea Cavero Sedano, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Murcia.
  65. Fátima Saura Castillo, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Murcia.
  66. Mariano José Gómez Lozano, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Orihuela (Alicante).
  67. Virginia Fernández Pérez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Oviedo (Asturias).
  68. Clara Rodríguez Nieto, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Palma de Mallorca (Baleares).
  69. Joaquín María Andrés Joven, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Palma de Mallorca (Baleares).
  70. Esther Fernández Arjonilla, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Pamplona (Navarra).
  71. Diego Dorronsoro Diez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Pamplona (Navarra).
  72. Elena Belén Alcaraz Falcón, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Paterna (Valencia).
  73. Belén Iborra Ruiz, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sabadell (Barcelona).
  74. Cristina Serrano Guzmán, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sant Feliu de LLobregat (Barcelona).
  75. Emilia Salto Menéndez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Santa Cruz de Tenerife.
  76. Alicia Casañas Cabrera, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Santa Cruz de Tenerife.
  77. Fernando Vegas García, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Santander (Cantabria).
  78. Myriam Quintero Vicente, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Sevilla.
  79. Francisco Manuel Gutiérrez Romero, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Sevilla.
  80. María del Rosario Sánchez Arnal, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Sevilla.
  81. María Elena Contreras Lobo, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 4 de Sevilla.
  82. José Luís Mendoza Gastearena, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sueca (Valencia).
  83. Cristina Poch Jiménez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Tarragona.
  84. Susana Gabriel Rodrigo, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrejón de Ardoz (Madrid).
  85. Ivana María Aragó Honrubia, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrent (Valencia).
  86. Luís Gómez Urban, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrevieja (Alicante).
  87. Ana María Mestre Soro, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Valencia.
  88. María del Carmen Grau Sánchez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Valencia.
  89. Herminia Luisa Rangel Lorente, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Valencia.
  90. Marta Chumillas Moya, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 5 de Valencia.
  91. Jesús Manuel Villegas Fernández, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 6 de Valencia.
  92. Alma Junquera San José, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valladolid.
  93. Pablo de San Mateo Morán, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vigo (Pontevedra).
  94. Jesús de Abajo de Dios, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vitoria-Gasteiz (Álava).
  95. Óscar Ortega Sebastián, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Zaragoza.
  96. Belén Ballestín, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Zaragoza.
  97. Octavio Tobajas Gálvez, Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Zaragoza.
  98. Paloma Martín Jiménez, Juzgado de lo Penal 12 de Málaga Violencia de Género Exclusivo.
  99. Soledad Martínez-Echevarria Maldonado, Juzgado de lo Penal 13 de Málaga Violencia deGénero Exclusivo.
  100. Tomasa Montiel Oliver, Juzgado de lo Penal 4 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) Violencia de Género Exclusivo.
  101. Luís Miguel de Frutos Useros, Juzgado de Primera Instancia e Instruccion 4 de Igualada (Barcelona) con Violencia de Género.
  102. Paola García, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Tudela (Navarra) con Violencia de Género.
  103. Guillermo Saura Martínez, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 7 de Figueres (Girona) con Violencia de Género.
  104. Irene Casares Ruiz, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Almansa (Albacete) con Violencia de Género.
  105. Elena Jiménez Sánchez, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Puertollano (Ciudad Real) con Violencia de Género.
  106. María López Martínez, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Huércal Overa (Almería) con Violencia de Género.
  107. Aaron Andueza Jiménez, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Melilla con Violencia de Género.
  108. Cristina González Ruiz, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Durango (Bizkaia) con Violencia de Género.
  109. Teresa Perez-Cepeda García, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Elda (Alicante) con Violencia de Género.
  110. Juan Rodero Díaz, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Loja (Granada) con Violencia de Género.
  111. Rodrigo Testardini Crespo, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Bergara (Gipuzkoa) con Violencia de Género.
  112. Alejandro Téllez de Meneses Diego, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Lebrija (Sevilla) con Violencia de Género.
  113. Alejandro Goicoechea Rey, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Totana (Murcia) con Violencia de Género.
  114. Tomás Sánchez Puente, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Ávila con Violencia de Género.
  115. Patricia del Río Rodríguez, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Valdemoro (Madrid) con Violencia de Género.
  116. Pedro Doria Seviné, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Castro-Urdiales (Cantabria) con Violencia de Género.
  117. Ramón Artacho Melero, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Lucena (Córdoba) con Violencia de Género.
  118. Mónica Sotelo Cao, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de O Carballiño (Ourense) con Violencia de Género.
  119. José María Rodríguez Balsera, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Mieres (Asturias) con Violencia de Género.
  120. Macarena Espinosa Contreras, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Ronda (Málaga) con Violencia de Género.
  121. Sara Castillo Liranzo, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Baeza (Jaén) con Violencia de Género.
  122. Fernando Paéz Terrero, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Soria con Violencia de Género.
  123. Eva María Gaspar Calsat, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Coria del Río (Sevilla) con Violencia de Género.
  124. Naroa del Río Amieiro, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Balsameda (Bizkaia) con Violencia de Género.
  125. Marina Jiménez Mallol, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Berja (Almería) con Violencia de Género.
  126. Carlos Serrano García, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de La Palma del Condado (Huelva) con Violencia de Género.
  127. Jorge Pedro Domenech Ares, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Espluguesde LLobregat (Barcelona) con Violencia de Género.
  128. Raquel Iniesta Morilla, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva.
  129. Eduardo Muñoz de Baena, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer 11 de Madrid.
  130. María Paz Pérez Rua, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Coslada (Madrid).
  131. José María Gómez Villora, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Valencia.
  132. Gloria Virginia Bombín Palomar, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Murcia.
  133. Marta Iglesias López, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Oviedo (Asturias) y Palma de Mallorca (Baleares).
  134. Esperanza Fernández Rodríguez, EX Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Móstoles yGetafe (Madrid).
  135. Sonia Rey Salgueiro, REFUERZO Juzgado de Violencia sobre la Mujer de A Coruña.

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