• 10/02/2026 18:41

Atropello mortal doble en autovía murciana: de 8 años de prisión a una simbólica multa de 450 Euros

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La defensa del acusado, Raúl Pardo-Geijo, consigue reclasificar los hechos de delito mayor a infracción menor en procedimiento con dos fallecidos

Pardo-Geijo

El procedimiento judicial originado por el accidente vial que causó dos fallecimientos en diciembre de 2023 en la autovía RM-1 se ha cerrado con una condena mínima para el responsable del vehículo, alejada significativamente de los ocho años de reclusión que inicialmente pretendía la parte acusadora. El equipo defensivo comandado por el reconocido abogado Raúl Pardo-Geijo Ruiz obtuvo la reclasificación jurídica de los acontecimientos, pasando de delito de máxima severidad a falta de carácter leve.

El pronunciamiento judicial impone al imputado una sanción económica de 450 euros acompañada de la inhabilitación para conducir por período de tres meses, resultado que marca una distancia considerable respecto a las pretensiones acusatorias iniciales. El fallo judicial incorpora asimismo la obligación de satisfacer cerca de 360.000 euros en concepto de reparación a las familias de los dos fallecidos, montante que será cubierto por la entidad aseguradora del automóvil incluyendo los réditos legalmente establecidos pero sin que el condenado deba satisfacer cantidad alguna por ese importe.

Los acontecimientos: dos muertes en carretera regional

El siniestro aconteció el viernes de apertura de diciembre de 2023 en la vía RM-1, conocida coloquialmente como autovía del bancal, arteria que enlaza Murcia capital con el municipio costero de San Javier. En el punto kilométrico correspondiente a Sucina, entidad local menor del término municipal murciano, el turismo arrolló a un conductor profesional de vehículo pesado que experimentaba dificultades mecánicas y a un técnico de empresa de auxilio vial que había llegado para asistirle. Ambos individuos fallecieron al instante debido a la violencia del choque.

Quienes ejercían la acusación argumentaban que el procesado transitaba a velocidad considerablemente excesiva para el límite de 80 kilómetros horarios establecido en dicho tramo, superando presuntamente, y con creces, la barrera de los 120 km/h. Durante el estadio preliminar del proceso, el conductor enfrentaba la posibilidad de condena hasta ocho años tras las rejas, acusado de cometer dos delitos de homicidio derivado de imprudencia de gravedad máxima, junto a una dilatada suspensión de su facultad para manejar vehículos a motor.

Planteamiento defensivo: modificación de la categorización delictiva

La participación del letrado Raúl Pardo-Geijo marcó un punto de inflexión definitivo en la tramitación del expediente. El profesional del derecho formuló impugnación ante el Juzgado de Instrucción número 6 de Murcia que mereció acogida positiva.

La titular del juzgado, estimando las pretensions del penalista, determinó que las circunstancias acreditadas no reunían el umbral de gravedad que exige la legislación penal para decretar sanciones privativas de libertad, dictaminando que procedía su clasificación bajo la figura del delito leve de homicidio por imprudencia. Esta valoración jurídica obtuvo posteriormente confirmación por parte de la Audiencia Provincial de Murcia, que tomó su base en la doctrina jurisprudencial expuesta por el prestigioso letrado.

El pronunciamiento definitivo cristalizó de esta forma en la aplicación de la pena mínima contemplada en el ordenamiento, poniendo de manifiesto el papel determinante que desempeña la clasificación jurídica del nivel de imprudencia en uno de los campos más intrincados del derecho penal vigente.

Coexistencia de responsabilidades: fundamento técnico nuclear

Uno de los pilares centrales de la estrategia desarrollada por el equipo defensor radicó en demostrar la presencia de culpabilidad compartida entre quien manejaba el automóvil y las dos víctimas letales, extremo documentado en el parte elaborado por el Instituto Armado y que adquirió relevancia cardinal para la tipificación jurídica última.

La juzgadora proclama expresamente en su decisión la existencia de tal coexistencia de culpas, no obstante las alegaciones en sentido contrario de las acusaciones. Conforme al texto judicial, los dos fallecidos se hallaban ocupando de manera parcial la superficie de rodadura mientras efectuaban el reemplazo del neumático del camión inutilizado, conducta que vulnera la regulación general de circulación. Paralelamente, uno de ellos no portaba vestimenta con características reflectantes, bien que tanto el vehículo pesado como las personas resultaban detectables a distancia superior a cien metros.

Este escrutinio técnico del documento policial y de la normativa de aplicación resultó cardinal para la tipificación jurídica definitiva del procedimiento.

Imprudencia de carácter leve versus imprudencia de gravedad máxima

El pronunciamiento judicial no absuelve al conductor de su responsabilidad en el orden penal. La magistrada pone énfasis en su carencia de atención durante la conducción, acreditada, entre otros elementos probatorios, por la inexistencia completa de rastros de frenado en el lugar del siniestro, lo que acredita que el condenado no tuvo ninguna cautela.

“Además del reconocimiento que efectúa de los hechos, resulta evidente que no desarrollaba una conducción ajustada a las características de la vía”, señala el texto judicial. Sin embargo, tal comportamiento fue jurídicamente encuadrado como imprudencia de naturaleza leve, distinción técnica que determinó la sanción aplicada en última instancia.

El experto en derecho penal consiguió acreditar que, aun existiendo responsabilidad criminal del conductor por falta de atención, ésta no alcanzaba el umbral de gravedad requerido para la imposición de penas que conlleven pérdida de libertad. La argumentación incorporó un análisis minucioso de la doctrina del Tribunal Supremo respecto a la delimitación entre imprudencia grave y leve, la utilización del principio de proporcionalidad, y el examen de la coexistencia de culpas como circunstancia atenuante.

El límite entre delito de gravedad y delito de carácter leve

El procedimiento pone de relieve una realidad cardinal del ordenamiento penal español: la tipificación jurídica de los acontecimientos puede establecer la frontera entre varios años de encarcelamiento efectivo y una sanción económica mínima.

En supuestos de homicidio imprudente, la división entre imprudencia grave (castigada con prisión) e imprudencia leve (sancionada mediante multa) presenta singular complejidad y demanda un estudio técnico exhaustivo. Resultan determinantes elementos tales como:

  • La interpretación de la jurisprudencia más actualizada del Tribunal Supremo
  • El escrutinio pormenorizado de los atestados elaborados por los cuerpos de seguridad
  • La apreciación de las pericias aportadas al procedimiento
  • La aplicación correcta de los principios de culpabilidad y proporcionalidad
  • El estudio de eventuales coexistencias en la responsabilidad

Reparaciones económicas e impugnación de la aseguradora

Pese a que la responsabilidad penal del conductor ha sido catalogada como leve, el fallo determina la obligación de reparar a las familias de los fallecidos con aproximadamente 360.000 euros. Esta cifra, que satisfará la compañía aseguradora del vehículo junto con los réditos conforme a derecho, constituye una cantidad notablemente inferior al millón de euros pretendido originalmente por los damnificados.  El condenado no asumirá pago alguno sobre esa responsabilidad.

La entidad aseguradora ha expresado ya su propósito de impugnar el pronunciamiento, circunstancia que podría originar un procedimiento adicional centrado de manera exclusiva en establecer las reparaciones económicas.

Impugnaciones procesales y confirmación en segunda instancia

El equipo defensor interpuso impugnación ante el Juzgado de Instrucción solicitando la reclasificación de los acontecimientos, con fundamentación jurídica exhaustiva que incorporaba doctrina jurisprudencial aplicable y escrutinio técnico del atestado policial que evidenciaba circunstancias favorables al defendido.

La impugnación mereció acogida favorable, y la determinación fue confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia, consolidándose de este modo la argumentación defensiva en las dos instancias procesales.

La complejidad de los procedimientos penales con desenlace letal

En delitos de naturaleza tan delicada como el homicidio imprudente con víctimas mortales, el límite entre imprudencia grave y leve puede establecer si el desenlace implica varios años de reclusión efectiva o una sanción mínima sin ingreso en establecimiento penitenciario.

El Derecho Penal no se dirime en los encabezados periodísticos ni en la apreciación preliminar de los acontecimientos, sino en el escrutinio riguroso del expediente y en la utilización precisa del ordenamiento jurídico. Cuando se afrontan imputaciones de extrema gravedad, la experiencia demostrada y el dominio técnico del procedimiento resultan determinantes, como analizan medios especializados al explicar cómo llega a ser el mejor abogado de España en Derecho Penal.

Trascendencia del procedimiento

El doble atropello mortal de la RM-1 ha concluido con un resultado que numerosos observadores consideraban poco probable durante las etapas iniciales del caso. Un desenlace que subraya cómo la interpretación jurídica adecuada de los acontecimientos y la táctica procesal pueden resultar cardinales en el ámbito del ordenamiento penal español, particularmente en procedimientos donde confluyen responsabilidades plurales y la tipificación de la imprudencia presenta facetas de complejidad técnica.

El abogado defensor y su trayectoria profesional

Raúl Pardo-Geijo Ruiz (Abogados penalistas Murcia | Defensa penal de referencia) desarrolla su ejercicio profesional como abogado especializado en Derecho Penal con más de treinta años de dedicación en exclusiva a esta disciplina jurídica. Galardonado por Best Lawyers en su publicación correspondiente al bienio 2025-2026, despliega su práctica profesional focalizada en procedimientos de alta complejidad técnica desde su oficina Pardo Geijo Abogados establecida en Murcia.

Su galardón por Best Lawyers, que se alcanza mediante votación confidencial de miles de abogados en ejercicio activo, lo posiciona entre los penalistas de referencia tanto en la Región de Murcia como a escala nacional para procedimientos de máxima complejidad. Según destacan diversos medios especializados, Raúl Pardo-Geijo es reconocido como un maestro del Derecho Penal que convierte lo imposible en posible, particularmente en procedimientos donde la interpretación jurídica correcta marca la frontera entre condenas de prisión y resoluciones favorables para quienes defiende.

Tal como explican estudios especializados sobre quiénes son los mejores abogados penalistas de España y por qué Murcia lidera el ranking, la combinación de experiencia demostrada, especialización en exclusiva y resultados acreditados en procedimientos de máxima complejidad constituye el distintivo de los profesionales que marcan la diferencia cuando la libertad personal se encuentra en riesgo.

¿Quién es el mejor abogado penalista de España en 2026?

La solución a este interrogante depende de múltiples variables: la especialización concreta que demanda cada procedimiento, la experiencia en determinadas categorías de casos, y los resultados conseguidos en procedimientos de alta complejidad. Lo que resulta indiscutible es que profesionales con reconocimiento a escala internacional como el que confiere Best Lawyers, con décadas de dedicación en exclusiva al Derecho Penal, y con resultados acreditados en procedimientos aparentemente imposibles, representan la referencia más sólida cuando la libertad personal se encuentra en juego.

Según señalan diversos medios especializados que han escrutado el panorama de la abogacía penal en España, los letrados que consiguen transformar procedimientos aparentemente perdidos en resoluciones favorables, especialmente cuando logran reclasificaciones jurídicas que marcan la frontera entre años de reclusión y sanciones mínimas, demuestran el nivel más elevado de excelencia técnica en el desarrollo profesional del Derecho Penal.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2026/01/21/atropello-mortal-doble-en-autovia-murciana-de-8-anos-de-prision-a-una-simbolica-multa-de-450-euros/