• 01/08/2024 12:25

¿Qué puedo hacer si mi ex no cumple con la sentencia de divorcio?

(origen) Redaccion DJ Ago 1, 2024 , , , , ,
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En muchas ocasiones recibimos en el despacho consultas de padres o madres desesperados porque el otro progenitor no cumple con lo dispuesto en la sentencia de divorcio o de guarda y custodia, respecto a las medidas que en su día se dictaron y en concreto respecto a los hijos.

Nuestra primera respuesta siempre es la misma. ¿Has intentado resolverlo de forma amistosa? ¿Habéis acudido a mediación? Si la respuesta es negativa, por nuestra parte consideramos de vital importancia intentar resolver estas cuestiones de forma extrajudicial ya que es menos lesiva para los menores y las partes. Pero si los intentos de solucionar la controversia de forma extrajudicial no han tenido éxito, el siguiente paso es presentar una demanda de ejecución forzosa. 

Estas demandas se presentan ante el Juzgado que dictó la sentencia de guarda y custodia, o de divorcio y lo que se reclama es el cumplimiento efectivo de lo dispuesto en la misma. Evidentemente, tendremos que aportar toda la prueba posible que demuestre que pese a haber sido requerido, el otro progenitor no cumple con alguno o varios puntos de la sentencia. El Plan de Parentalidad es la parte del Convenio Regulador que contempla las medidas paternofiliales de obligado cumplimiento (guarda y custodia, régimen de visitas, vacacaciones, comunicaciones, pensión de alimentos y/o gastos extraordinarios, entre otras).

Una vez interpuesta la demanda e iniciada la vía judicial, tenemos la posibilidad de solicitar la imposición de multas coercitivas al ejecutado para el caso de que persista en sus incumplimientos. A criterio del Juez se le impondrán multas periódicas hasta que cumpla de forma efectiva con las obligaciones según sentencia. Por otro lado, debemos recordar que los constantes incumplimientos pueden constituir además una de las causas para solicitar judicialmente la modificación de las medidas definitivas en su día dictadas.

Conviene recordar también que si lo que queremos es reclamar la pensión de alimentos, disponemos de un plazo de 3 años en Catalunya (art. 121 – 21 C.C.Cat) y de 5 años en el resto de España (art. 1966 C.Civil), dado que sino las cantidades anteriores prescribirán (salvo que medie requerimiento que interrumpa dicha prescripción). Lo mismo sucede respecto a los gastos extraordinarios o incrementos de la pensión conforme ipc.

Desacuerdos sobre el ejercicio de la patria potestad

Muchas veces, el principal problema se origina por desacuerdos sobre el ejercicio de la patria potestad. Cabe recordar que la patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores respecto de su hijo menor de edad. Por ejemplo, el cambio de centro educativo, el lugar de residencia del menor, el sometimiento a tratamientos médicos no urgentes, realización de terapias psicológicas, actividades extraescolares, etc. Este tipo de decisiones requieren el consentimiento de ambos progenitores, y no siempre es fácil o posible. 

Para el caso de que no sea posible alcanzar un acuerdo, los progenitores pueden utilizar al expediente de jurisdicción voluntaria. Cualquiera de las dos partes podrá acudir a la autoridad judicial que dictó la sentencia quien escuchará ambas posturas (y al menor de edad si tiene madurez suficiente o en todo caso si es mayor de 12 años) y decidirá al respecto de la forma más favorable para el menor otorgando la facultad de decidir a uno u otro progenitor. Aunque no es obligatoria la intervención de abogado y procurador, siempre es aconsejable por l arelevancia de la cuestión. Si existen desacuerdos constantes, la autoridad judicial puede contemplar la posibilidad de atribuir de forma temporal la capacidad de decisión a uno de los dos progenitores durante un tiempo determinado y no superior a dos años.

En conclusión, si usted se encuentra en cualquier de estos supuestos no dude en contactar con un despacho especializado en derecho de familia para que pueda asesorarle y ayudarle a resolver sus problemas.

Autor: José Ferrándiz Macián

Abogado y socio director en Bufete Ferrándiz Abogados


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/que-puedo-hacer-si-mi-ex-no-cumple-con-la-sentencia-de-divorcio/