• 03/10/2025 18:56

El Supremo agiliza la recuperación de los ríos con la sentencia de Los Toranes

(origen) Ana Tuñas Matilla Jul 15, 2024 , , , , , ,
Tiempo estimado de lectura: 4 minutos, 3 segundos

Ana Tuñas Matilla

La sentencia del Tribunal Supremo que obliga a Iberdrola a costear el desmantelamiento de la presa de la central eléctrica de los Toranes (Teruel) permitirá agilizar la recuperación de los ríos vía eliminación de presas y azudes, así como que ésta no corra a cargo de los ciudadanos sino de aquellos que se beneficiaron de su explotación.

La sentencia pone fin a casi cuatro años de litigio y establece que «no hay ninguna duda» de que los costes de desmantelamiento y la recuperación del dominio hidráulico corresponden al concesionario, se incluyera o no esta previsión en el título concesional, según el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Extremadura, especialista en derecho de Aguas y Obras Públicas, Pedro Brufao.

En la práctica, esto permitirá acelerar la recuperación de los ríos y del patrimonio público y que el coste no recaiga en el contribuyente, sino en el responsable de la obra, el concesionario, que durante años se benefició de la explotación de la infraestructura, ha subrayado en declaraciones a EFEverde.

El fallo, que se suma a otro dictado por el Supremo el 20 de junio, crea jurisprudencia de cara a litigios en curso, como los de las presas de Valecaballeros (Badajoz), construida para refrigerar una central nuclear que nunca vio la luz, y las de Pedralejo de las Truchas, Checa y Poveda de la Sierra, en el Parque Natural del Alto Tajo.

Además, ratifica una consolidada doctrina del Consejo de Estado, según Brufao, que ha explicado que interpreta de manera «única y oficial» los artículos 101 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y 89.4 del Real Decreto del Dominio Público Hidráulico en relación a qué hay que hacer cuando se extingue una concesión y los bienes en espacio de dominio público revierte al Estado.

El alto tribunal aclara que la obligación de demoler no afecta a la concesión, pues esta está ya extinta, sino a la orden de demolición establecida por la Confederación Hidrográfica, en este caso del Júcar, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica.

Afecta gravemente al río

En noviembre de 2020, la Confederación concluyó que el mantenimiento de la presa era contrario al interés público, pues la central apenas produjo electricidad en los diez años previos a la extinción de la concesión (no es rentable) y que afectaba gravemente al río Mijares, e impuso a Iberdrola su desmantelamiento.

Ahora, la eléctrica deberá presentar su propio proyecto de demolición, que deberá a ser aprobado por la autoridad hidráulica. En caso de no hacerlo, lo hará de manera subsidiaria la Administración, que posteriormente pasará la factura a la compañía.

De asumir el proyecto la Administración, lo hará a través de un medio propio, como Tragsa, cuyas tarifas superan en un 40 o 50 % a las de mercado, lo que supone un incentivo para que la concesionaria proceda a su eliminación por sus propios medios, ha destacado Brufao.

Se quedan sin argumentos

El caso de Los Toranes deja también otra lección para aquellos que se oponen al derribo de presas y azudes en desuso a pesar de que se ha demostrado su eficacia para recuperar los ríos de los que beben poblaciones y que son hábitat de numerosas especies de fauna y flora.

En ese sentido, Brufao ha recordado que el Gobierno de Aragón intentó bloquearlo alegando que se trataba de una obra de interés cultural pese a que no tenía «competencias» para ello -serían del Ministerio de Cultura- ni pudo presentar motivos que justificaran la protección de la infraestructura (de mediados del siglo XX).

«Ya hay jurisprudencia del Supremo que establece que emplear competencias ajenas para bloquear la intervención del organismo legítimamente competente es delictivo. Por eso, a los dos meses, el Gobierno de Aragón dejó sin efecto el expediente de protección de la presa», ha apuntado el experto.

Algo similar pasa con Txocoto, en el Bidasoa (Navarra), o el azud en el río Saja incluido en el expediente de declaración de bien de interés cultural del Palacio de Bustamante (Cantabria), aún pendiente.

En el caso de los Toranes, también está la oposición ejercida por agricultores que riegan sus huertas mediante una toma ilegal en el pantano y que suponen, según Brufao, un consumo «minúsculo» que no justifica el mantenimiento de la presa y que puede abastecerse con aguas subterráneas o una toma subálvea.

«Esta sentencia es muy importante para los ríos y la vida en ellos porque asienta precedentes de cara a otras que han de venir», ha destacado el presidente del Centro Ibérico de Restauración Fluvial (CIREF), Tony Herrera.

«Demuestra que la ley está ahí y que se tiene que cumplir…Los concesionarios ya saben que cuando las concesiones no son renovadas tienen que eliminar las instalaciones, el problema es que como eso tiene un coste todo el mundo intenta mirar para otro lado. Esto deja claro que no se puede mirar para otro lado», ha aseverado.

¿Y si el dueño se desconoce o no puede pagarlo?

Pero, ¿qué pasa cuando no se sabe quién es el dueño del azud/presa o el propietario no puede hacerse cargo del coste de desmantelamiento?

Aunque la ley obligue a eliminar estas infraestructuras cuando la concesión se ha extinguido, muchas de ellas son muy antiguas y se desconoce su propiedad, según Josu Elso, especialista en gestión piscícola de Gestión Ambiental de Navarra (GAN), participante en el proyecto cofinanciado con fondos europeos Life Kantauribai, centrado en la demolición de azudes y presas para la recuperación de ríos.

«En mayor parte de los obstáculos que vamos a desmantelar se desconoce el propietario y, por ello, la administración actúa de forma subsidiaria para eliminarlo», ha explicado Elso.

También puede ser que el dueño sea un particular que, probablemente, no haya ni explotado la infraesctructura pues la ha recibido en herencia; y que no tenga medios para afrontar el coste del derribo.

Este sería el caso, por ejemplo, de los herederos de un señor que tenía un molino que despareció hace muchos años, mientras la presa sigue ahí y su propiedad ha ido pasando de generación en generación y a los que ahora les llega una notificación de la confederación de turno comunicándole que tiene que eliminar la presa.

Generalmente, como no tienen dinero para hacerlo, se declaran insolventes y la Administración actúa de forma subsidiaria, según Elso, que ha señalado que también hay casos en los que las obras se costean con fondos aportados por entes privados, aunque no es lo habitual.

En otros casos, el dueño no es una empresa ni un particular, sino un ayuntamiento, como ocurre en con la presa de Artikutza, la más grande que se va a eliminar en España, propiedad del ayuntamiento de San Sebastián y cuyo desmantelamiento está previsto en Kantauribai. EFEverde

 

atm

 

 

La entrada El Supremo agiliza la recuperación de los ríos con la sentencia de Los Toranes se publicó primero en EFEverde.


Artículo de Ana Tuñas Matilla publicado en https://efeverde.com/supremo-agiliza-recuperacion-rios-sentencia-toranes/