• 29/04/2024 17:53

Ley del «Sí» es «Sí». Dará facilidad para las denuncias por agresión sexual

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Para poder presentar una denuncia por agresión sexual bastará con que la víctima refiera no haber consentido a tener relaciones con el o los acusados. Se invierte así el sentido de la norma en lo que respecta al consentimiento, explica la abogada Marian Navarro: antes, si no existía un “no” claro y explícito podía entenderse que se había consentido.

Ahora sucede al contrario, la persona tendrá que mostrar su deseo de mantener relaciones carnales a través de un actos que expresen su voluntad de forma clara.

Así, frente a lo que pensaba a lo largo de los treinta meses que ha durado la tramitación de la nueva Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, no es preciso que el hombre o la mujer digan “sí quiero tener relaciones sexuales aquí y ahora contigo”.  Ese “sí es sí” que ha dado el nombre popular a esta ley, se reduce a consentimiento a través una serie de aspectos que, se considera, reflejan la libertad total de la persona involucrada.

Lo primero que se debe saber en este sentido es que se puede consentir realizar algún tipo de acto sexual y negarse a otros, dentro del mismo contexto o situación. Añade la letrada de Le Morne Brabant Abogados la posibilidad de echarse atrás en alguna cuestión a la que se había accedido en primera instancia. También es relevante que la otra parte cumpla con la intención expresada. Es decir, por ejemplo, la mujer puede negarse a practicar sexo con penetración si el varón se había comprometido al uso del preservativo y después no lo cumple. Todo ello dentro de una actitud que se considera de “consentimiento entusiasta”, un concepto que incluye “hacer las cosas que deseas, no las que se espera que hagas”.

Frente a cualquier ambigüedad de los supuestos citados, la abogada recomienda preguntar para obtener un sí explícito en lo que respecta al acto sexual.

Para Navarro, esta norma, que todavía no ha entrado en vigor, supone un paso importante y significativo en la conquista de derechos sexuales para la mujer, que ya no tendrá por qué someterse a la doble victimización que supone ser puesta en tela de juicio si no se pueden demostrar las agresiones sexuales.

Esta figura, la de la agresión, sustituye a la de abuso, polémica y muy cuestionada tras juicios mediáticos como el de la Manada, el caso de la joven agredida sexualmente en grupo durante los San Fermines de 2016.

Considera Marian Navarro que tras el cambio de la norma se incrementarán las denuncias por violación y otras agresiones sexuales, ya que antes no se hacía por miedo a no poder demostrarlo. A la par, es posible, añade, que se incrementen las falsas denuncias, “ya que a veces es difícil compatibilizar derechos”.

Desde la firma Le Morne Brabant destacan también otros aspectos relevantes de la nueva ley relativas a la pornografía sin consentimiento, la mutilación genital femenina, la corrupción de menores y la explotación sexual. Pero, sobre todo, para Marian Navarro, son remarcables la prohibición de la publicidad de prostitución, ya que se prohíbe cualquier anuncio, y la instalación de pulseras de control a los agresores sexuales, para garantizar el cumplimiento de condenas, o de medidas de alejamiento.

Marian Navarro, letrada en Le Morne Brabant Abogados

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