Madrid.- Tras dos años de plazo, este jueves 21 de mayo finaliza el periodo de tiempo que tienen los Estados miembros de la Unión Europea para llevar a cabo la transposición de la nueva directiva europea contra los delitos ambientales. Una fecha a la que España ha llegado con los deberes sin hacer.
El país no ha adaptado todavía su marco jurídico a esta norma europea, algo que es «especialmente grave» si se tiene en cuenta que es precisamente la primera obligación que establece la directiva y demuestra que la protección del medio ambiente «no puede quedarse en declaraciones políticas», según ha denunciado la organización WWF este jueves en un comunicado.
La abogada y directora del despacho Barbancho Legal, María Barbancho, ha explicado en declaraciones a EFE Verde que el hecho de que todavía no se haya transpuesto va a suponer que no se vaya a poder denunciar por unos delitos que «no están tipificados básicamente».
La directiva, que se aprobó en mayo de 2024, contiene una lista actualizada de delitos con respecto a la anterior normativa de 2008, según señala Barbancho. Entre los nuevos incorporados se incluyen el comercio ilegal de madera, el agotamiento de los recursos hídricos o la contaminación causada por los buques.
La normativa, asimismo, contempla el denominado delito cualificado, como los incendios forestales a gran escala o la contaminación generalizada del aire, el agua y el suelo, que podrán ser castigados hasta con 10 años de prisión si causan la muerte de una persona.
De no haber víctimas mortales, los delitos cuantificados podrían ser castigados con ocho años de prisión y, los demás, con hasta cinco.
Para las empresas, las multas alcanzarán el 3 % o el 5 % de su facturación mundial anual o, alternativamente, 24 o 40 millones de euros, dependiendo de la naturaleza del delito.
Esta es la clave de esta normativa para Barbancho, que considera que esta ley se caracteriza por tener un punto transnacional y por extenderse «ahora por primera vez a las empresas», a las personas jurídicas.
«La directiva europea lo que hace es que ya todos los Estados tengan que establecer esa responsabilidad en la empresa», ha asegurado la abogada, que considera que esto va a provocar que cada vez haya profesionales más especializados en estos ámbitos para atender a las compañías.
España no cumple
Pese a que ha tenido dos años de plazo, España todavía no ha transpuesto la directiva europea, lo que puede derivar en un procedimiento de infracción por parte de la Comisión Europea (CE), según recuerdan desde WWF.
En este sentido, recuerdan que, aunque España cuenta con «herramientas pioneras» en la lucha contra determinados delitos ambientales gracias al trabajo del Seprona, los agentes ambientales o la Fiscalía de Medio Ambiente, estos delitos «siguen infravalorándose y tratándose con frecuencia como infracciones menores».
Además, desde la organización ecologista destacan que la ausencia de una base de datos estatal unificada con estos delitos «dificultan la investigación y la persecución eficaz de estas redes delictivas» y subrayan la falta de medios y especialización como uno de los principales obstáculos para perseguirlos.
«Sin leyes actualizadas, recursos suficientes y tribunales especializados, muchos delitos ambientales seguirán quedando impunes», aseguran desde WWF, donde identifican la actualización del catálogo de conductas consideradas como delitos ambientales como el principal cambio a realizar.
En cualquier caso, Barbancho señala que España cuenta con «un marco a nivel de ejecución del delito ambiental bastante amplio», por lo que «probablemente» va a tener que cambiar menos cosas en su normativa si se compara con otros países europeos. EFE Verde
mnc/
La entrada España incumple el plazo para adaptar la nueva ley europea contra delitos ambientales se publicó primero en EFE Verde.