• 18/03/2026 10:42

La Audiencia de Madrid tumba una petición de 9 años de cárcel al no poder probarse la falta de consentimiento durante una relación sexual con penetración

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En una sentencia que refuerza los pilares de la presunción de inocencia, la Sección 29ª de la Audiencia Provincial de Madrid absuelve a un hombre acusado de agresión sexual. El caso, defendido por Alejandro Seoane Pedreira (BP – Boutique Penal), coincide con un momento de máxima exposición mediática de los delitos sexuales en España.La justicia penal no admite ambigüedades. Bajo este rigor, la Sección 29ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado la libre absolución para un joven que se enfrentaba a una condena de 9 años de prisión y una indemnización de 20.000 euros. El fallo, que ya es firme, pone el foco en uno de los pilares del Estado de Derecho: la presunción de inocencia frente a testimonios que carecen de corroboración objetiva.

El tribunal ha sido tajante al analizar los hechos ocurridos tras una cena de trabajo en 2021: «No ha quedado acreditado que las relaciones sexuales no fueran consentidas». A pesar de la carga emocional del testimonio de la denunciante, los magistrados señalan que no se especificó de manera concreta cómo se produjo la supuesta fuerza.

El penalista Alejandro Seoane, abogado del acusado, centró su estrategia en evidenciar que la acusación no había logrado superar el estándar de prueba necesario para desvirtuar la presunción de inocencia.

Para el tribunal, el derecho a la presunción de inocencia implica que «la absolución no se deriva de la prueba de la inocencia, sino de la frustrada prueba de la culpabilidad más allá de toda duda razonable». En este escenario, la hipótesis planteada por la defensa resultó, al menos, tan verosímil como la acusatoria, lo que obligatoriamente condujo a la libre absolución en aplicación del principio in dubio pro reo.

Un nuevo fallo judicial en materia de delitos sexuales que se produce en un contexto de máxima sensibilidad y un notable incremento en la judicialización de delitos contra la libertad sexual en España. La complejidad de estos procedimientos exige precisión en todos los aspectos, como se observa en otros asuntos de gran calado que hoy ocupan las portadas de los medios de comunicación. Sirva de ejemplo el caso de la denuncia por agresión sexual contra el ex Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional, formulada por el abogado Jorge Piedrafita, abogado en BP – Boutique Penal.

Con esta resolución, la Audiencia de Madrid recuerda que, más allá de la sensibilidad social, el proceso penal exige pruebas que superen cualquier duda razonable, consolidando la trayectoria de este despacho madrileño como referente en procedimientos de especial gravedad.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2026/03/18/la-audiencia-de-madrid-tumba-una-peticion-de-9-anos-de-carcel-al-no-poder-probarse-la-falta-de-consentimiento-durante-una-relacion-sexual-con-penetracion/