• 02/03/2026 19:31

El Defensor del Pueblo inaugura el mayor congreso de expertos en divorcios, con 600 abogados y jueces

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El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, inaugura este viernes día 27 el mayor congreso de expertos en Derecho de Familia, Menores y Discapacidad que se celebra en España. Cerca de 600 especialistas en divorcios, separaciones, herencias, discapacidad y menores se darán cita en el hotel Meliá Castilla de Madrid. Entre las autoridades que participarán en la apertura de las XXXIII Jornadas Centrales de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) destacan la vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Gema Espinosa; la fiscal jefe de la Fiscalía de lo Civil del Tribunal Supremo, Pilar Martín Nájera; y el presidente del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Salvador González.

divorcio de mutuo acuerdoLOS PROBLEMAS DE LA VIVIENDA SE MULTIPLICAN TRAS EL DIVORCIO

Entre los temas que se abordarán en este congreso destacan los problemas derivados por el uso de la vivienda familiar tras el divorcio, que tratará la magistrada del Tribunal Supremo Raquel Blázquez. La realidad es que la dificultad para acceder a una vivienda se multiplica cuando una pareja rompe. “No debemos olvidar que el divorcio no elimina la condición de deudor solidario de quien ya firmó una hipoteca, lo que dificulta la firma de un nuevo préstamo para rehacer su proyecto de vida. En el mercado del alquiler la situación no es más sencilla. La sobredemanda está elevando las exigencias: se piden ingresos altos, estabilidad laboral y garantías adicionales. Además, existe una creciente desconfianza hacia las familias con hijos menores, ante el temor de que un eventual impago complique la recuperación de la vivienda por la normativa de protección del inquilino vulnerable”, abunda la magistrada del Supremo.

RECOMENDACIONES CLAVE DE LA MAGISTRADA RAQUEL BLÁZQUEZ

  • La casa por los hijos no es para siempre: Si le atribuyen el uso de la vivienda familiar porque usted se queda con la custodia de los hijos, ese derecho termina automáticamente cuando todos los hijos cumplen 18 años. A partir de la mayoría de edad, las necesidades del hijo se deben cubrir mediante una pensión de alimentos, no garantizando el derecho a quedarse en la casa.
  • Si no hay hijos, el uso es temporal: Si la pareja no tiene hijos (o ya son mayores de edad), el juez puede permitir que el miembro de la pareja que esté en una situación económica más vulnerable se quede en la casa, pero siempre por un tiempo limitado. Nunca se dará de forma indefinida o para toda la vida.
  • En custodia compartida, vaya buscando alternativas: Si se acuerda una custodia compartida, el uso de la vivienda ya no es exclusivo ni permanente para uno solo. Se suele atribuir al progenitor con menos ingresos, pero solo por un tiempo de transición (normalmente 1, 2 o 3 años) para darle margen a buscar otra casa.
  • Cuidado con ciertas situaciones que hacen perder la vivienda: Nueva pareja en casa. Si a usted le otorgaron el uso de la vivienda familiar y entra convivir su nueva pareja, perderá el derecho a usar esa casa, ya que la ley entiende que se ha formado una nueva familia y la vivienda pierde su carácter original.
  • Cuidado con las casas prestadas (ej. la de los suegros): Es muy habitual vivir gratis en un piso propiedad de los padres de uno de los cónyuges. Si se separan, los dueños pueden exigir que desalojen la vivienda (ejerciendo una acción de desahucio por precario). El juez de familia no puede obligar a los abuelos o terceros a seguir prestándoles la casa.
  • Dificultad para recuperar el dinero de reformas en casas prestadas: Si usted hizo obras o mejoras (como hacer una piscina o un garaje) en esa casa prestada por los suegros, la ley hace muy difícil que pueda exigir que le devuelvan ese dinero al ser desalojado.
  • Descarte la «casa nido»: El modelo en el que los niños viven siempre en la casa familiar y son los padres quienes hacen turnos para entrar y salir está muy mal visto por los tribunales. Exige mantener tres viviendas (la casa común y una para cada padre) y requiere que los ex se lleven excepcionalmente bien. Salvo que ambos estén de acuerdo, el juez no lo impondrá.

 

LOS PELIGROS GENERADOS EN EL REPARTO DE LOS BIENES: ¿ESTO ES MÍO O TUYO?

El reparto de los bienes tras la ruptura será tratado por el catedrático Ángel Luis Rebolledo. “¿Qué sucede con los activos de un matrimonio desde que el juez dicta la firmeza del divorcio hasta que, a menudo años después, se adjudican efectivamente los bienes? Este intervalo de ‘limbo’ jurídico, denominado comunidad postganancial, constituye hoy uno de los escenarios para los litigios de alta complejidad”, afirma Rebolledo.  

“Sin un rigor documental absoluto sobre cada factura pagada y cada renta percibida tras el divorcio, el resultado final de la liquidación será, inevitablemente, un perjuicio económico para la parte menos previsora”, advierte.  Entre los problemas que se pueden suscitar es el de un ex que decide comprarse un coche nuevo después de divorciarse, pero para pagarlo usa dinero que estaba ahorrado en la cuenta conjunta del matrimonio. El problema es determinar de quién es ese coche nuevo: ¿es privado porque lo compró estando ya separado, y solo debe devolver el dinero, o el coche pasa a ser de los dos porque se usó dinero común para comprarlo?.

 

EL DIVORCIO NO ANULA MÁGICAMENTE EL TESTAMENTO

Advertencias clave del notario Vicente Martorell  en su ponencia ‘Del matrimonio al divorcio pasando por el testamento’:

  • El divorcio no anula mágicamente el testamento: Cuidado con la falsa creencia de que si te divorcias, el testamento que hiciste a favor de tu ex se cancela solo: conviene testar tras el divorcio. Aunque algunas leyes autonómicas sí lo anulan, en el Derecho Común puede generar problemas o acabar en los tribunales. Lo más seguro y rápido es ir al notario y cambiar el testamento en cuanto te divorcies.
  • La separación «de hecho» es una zona gris: Si estás separado, pero no habéis formalizado el divorcio, tu ex podría intentar reclamar su parte de la herencia. Si no quieres que herede, debes dejar clarísima la separación en el testamento o incluso desheredarlo, aunque hay que asesorarse bien porque podría afectar a su derecho a cobrar pensión de viudedad.
  • Protege la herencia de tus hijos menores frente a tu ex: Si te divorcias y tienes hijos menores, es normal que te preocupe que tu ex controle el dinero o las casas que tus hijos hereden de ti. Para evitarlo, puedes nombrar en tu testamento a un «administrador» (por ejemplo, un hermano tuyo o una persona de confianza) para que gestione esos bienes hasta que tus hijos sean mayores de edad.
  • Mejor dejar el dinero directamente a tu viudo/a: Es muy típico dejar a la pareja el «usufructo universal» (el derecho a disfrutar de todo pero sin poder venderlo sin permiso de los hijos). Sin embargo, el usufructo sobre el dinero del banco da muchos problemas prácticos. Se recomienda dejar al cónyuge el dinero en propiedad total, además del derecho de uso sobre las casas.
  • Las parejas de hecho están desprotegidas en muchas regiones: Cuidado, en las zonas de España que se rigen por el Derecho Común (como Andalucía, Madrid o Asturias, a diferencia de Cataluña o Galicia), las parejas de hecho no tienen derecho automático a heredar ni generan un régimen económico. Si quieres que tu pareja de hecho herede, es absolutamente obligatorio hacer testamento para dejárselo por escrito.

Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/el-defensor-del-pueblo-inaugura-el-mayor-congreso-de-expertos-en-divorcios-con-600-abogados-y-jueces/