• 27/02/2026 18:57

El Parlamento Europeo solicita a la Comisión Europea que se investigue en profundidad la exclusión de los ingenieros en la elaboración de los Informes de Evaluación de Edificios según el criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo español

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José Antonio Galdón Ruiz, presidente de COGITI, en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo.

En su comparecencia, el presidente denunció el reciente cambio de criterio jurisprudencial de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de España, que, desde diciembre de 2021, ha consolidado una doctrina que viene a establecer una reserva profesional exclusiva en favor de arquitectos y arquitectos técnicos para la emisión de Informes de Evaluación de Edificios (IEE) en el ámbito residencial. Mantener esta reserva profesional sin base legal expresa no solo lesiona los derechos de cientos de miles de ingenieros, sino que fractura la unidad del mercado europeo al imponer criterios restrictivos que la propia autoridad de competencia española ha tachado de injustificados.

Durante su exposición, el presidente argumentó el objeto de la petición realizada por el COGITI, pues la citada vulneración afecta a más de medio millón de ingenieros españoles, y de forma indirecta a los ingenieros europeos, pero, sobre todo, en gran medida a la calidad y al precio de los Informes de Evaluación de Edificios, previstos en la Ley 8/2013 (posteriormente Ley 7/2015 T.R.L. del Suelo y rehabilitación urbana), que emana de la directiva 27/2012 sobre la eficiencia energética de edificios. Estos informes incluyen aspectos como el estado de conservación del edificio (mediante inspección visual), condiciones de accesibilidad y una certificación energética del edificio.

Esta interpretación excluye a los ingenieros de una actividad para la que la ley no establece reserva profesional, cuestionando sin base sus competencias y vulnerando principios de necesidad, proporcionalidad e interés general. Carece, por tato, de sustento legal y supone un giro jurisprudencial injustificado, ya que los ingenieros han realizado anteriormente estos informes con total calidad y eficacia, sin que existan evidencias de daños a la seguridad o salud pública que justifiquen su exclusión actual.

En este sentido, ninguna norma legal de ámbito estatal español contempla una atribución de competencias excluyente para la elaboración de dichos informes a favor de determinadas titulaciones, y manifiesta que en la mayoría de los países de la Unión los profesionales de la Ingeniería son reconocidos como técnicos competentes para evaluar los riesgos potenciales para la salud y la seguridad derivados de las deficiencias identificadas en las viviendas, por lo que esta práctica judicial vulnera el derecho a la libre circulación en su modalidad de libertad de prestación de servicios y establecimiento.

La actual práctica judicial española supone un incumplimiento flagrante del Derecho de la Unión, puesto que contraviene los pilares del mercado interior y tres directivas fundamentales:  Directiva de Servicios (2006/123/CE), la Directiva de Cualificaciones Profesionales (2005/36/CE y 2013/55/UE), y la Directiva sobre el Test de Proporcionalidad (UE 2018/958).

Dictámenes favorables de la CNMC

En el contexto de los litigios que dieron lugar a la sentencia objeto de la petición, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España ha elaborado dos dictámenes que ponen en evidencia la posición del Tribunal Supremo. Como se resalta en dichos dictámenes, la CNMC subraya que la reserva de actividad a favor de los arquitectos y arquitectos técnicos no solo carece de una justificación suficiente en términos de interés general, sino que además supone una restricción desproporcionada que afecta tanto a los ingenieros como al mercado y los consumidores.

Tras la exposición del presidente de COGITI en la Comisión de Peticiones, intervinieron varios eurodiputados aportando su valoración y opinión al respecto, y acordaron por unanimidad aceptar que la petición sigua adelante, y que la Comisión Europea actualice su respuesta, una vez haya investigado los hechos expuestos y estudiado los dictámenes elaborados por la CNMC.

José Antonio Galdón se ha mostrado muy satisfecho “por conseguir que el Parlamento Europeo solicite a la Comisión Europea una investigación sobre el incumplimiento de la normativa comunitaria en relación a determinadas reservas de actividad, que en el ámbito de los IEE estaban quedando reservadas a arquitectos y arquitectos técnicos incumpliendo directivas comunitarias, de servicios, directiva de reconocimiento de cualificaciones, mercado único europeo, y sobre todo, con el aval de la CNMC, que es la que viene a refrendar, a través de los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que, efectivamente, había dicho también que se estaba incumpliendo esa normativa”.

“Hoy damos un paso importante para seguir afianzando esa competitividad en el ámbito de la ingeniería y que se vayan eliminado esas barreras, que al final acaban produciendo perjuicio, tanto económico como de calidad para los trabajos profesionales. Por ello, vamos a seguir trabajando, junto con la Comisión Europea, para que se dé solución a este problema”, concluyó.

VIDEO DE LA EXPOSICIÓN DEL PRESIDENTE DE COGITI EN LA COMISION DE PETICIONES

VIDEO CON DECLARACIONES DEL PRESIDENTE TRAS SU EXPOSICIÓN EN LA COMISIÓN DE PETICIONES

 


Artículo de Admin web COGITI publicado en https://cogiti.es/el-parlamento-europeo-solicita-a-la-comision-europea-que-se-investigue-en-profundidad-la-exclusion-de-los-ingenieros-en-la-elaboracion-de-los-informes-de-evaluacion-de-edificios-segun-el-criterio-juri/