• 26/02/2026 05:23

El juzgado de Gandía anula el contrato de financiación de un coche por usura y obliga al banco a devolver todo lo cobrado de más

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juzgado de Gandía

El Juzgado de Primera Instancia de Gandía ha declarado nulo por usurario un contrato de financiación vinculado a la compra de un vehículo y ha condenado a la entidad financiera a devolver al consumidor todas las cantidades pagadas que superen el capital prestado. El caso ha sido llevado por el despacho especializado en Derecho bancario y financiero Oulego Abogados y Consultores.

La sentencia considera que el tipo de interés aplicado en la operación, una TAE del 13,54%, era desproporcionado si se compara con el interés medio publicado por el Banco de España en la fecha de la firma, que se situaba en el 6,63% para operaciones similares.

El juzgado concluye que la diferencia —de casi siete puntos porcentuales— resulta excesiva y no puede justificarse por el riesgo asumido por la entidad financiera.

Nulidad total del contrato

La resolución no se limita a reducir intereses: declara la nulidad radical del contrato en aplicación de la Ley de Represión de la Usura de 1908.

Esto implica que el consumidor únicamente está obligado a devolver el capital efectivamente prestado, debiendo la entidad financiera restituir todo lo que haya cobrado por encima de esa cantidad, incluidos intereses y demás conceptos derivados del préstamo.

Además, la sentencia impone las costas procesales a la entidad demandada por lo que el consumidor no tendrá que pagar nada en concepto de abogado y procurador.

Un caso que puede afectar a miles de conductores

La financiación de vehículos es una práctica habitual en España, donde gran parte de las compras de automóviles nuevos y usados se realizan mediante préstamos vinculados ofrecidos en el propio concesionario.

La resolución judicial pone el foco en el tipo de interés aplicado en estas operaciones y en la obligación de compararlo con la media oficial publicada por el Banco de España en el momento de la contratación.

El juzgado rechaza que en este tipo de préstamos de consumo deba tolerarse una diferencia tan amplia respecto al interés medio y subraya que el riesgo empresarial no justifica la aplicación de tipos notablemente superiores.

Una tendencia judicial en crecimiento

En palabras de José Ramón Oulego, socio director del despacho: “Aunque en los últimos años la litigiosidad por usura y falta de transparencia se había centrado principalmente en las tarjetas revolving, esta sentencia confirma que el control judicial también se está extendiendo a la financiación de vehículos.

El fallo abre la puerta a que otros consumidores revisen sus contratos si el interés aplicado supera de forma significativa el tipo medio de mercado vigente en la fecha de firma o si existe una falta de transparencia o condiciones generales abusivas que generen un desequilibrio entre las partes del contrato”

 

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2026/02/26/el-juzgado-de-gandia-anula-el-contrato-de-financiacion-de-un-coche-por-usura-y-obliga-al-banco-a-devolver-todo-lo-cobrado-de-mas/