• 25/02/2026 00:27

Chile – El senado debate el Proyecto No Molestar

(origen) Ana Paula Maritano Feb 24, 2026 , , , , , ,
Tiempo estimado de lectura: 1 minutos, 33 segundos

Los senadores analizan prohibición de llamadas publicitarias y su relación con la ley de Datos Personales

La Comisión de Economía está revisando si ambas normativas apuntan a lo mismo: renunciar a ser incluido en la base de datos respectiva y obligar a las empresas a no tomar contacto.

A diario, miles de chilenas y chilenos reciben decenas de llamadas telefónicas y mensajes publicitarios en sus celulares. Las más variadas compañías de telecomunicaciones, retail, bancos y seguros invaden a los usuarios con ofertas no solicitadas.

Con el objetivo de poner fin a esta intromisión, se encuentra en la Comisión de Economía del Senado, el proyecto que prohíbe llamadas telefónicas publicitarias de proveedores sin consentimiento del consumidor. La norma en segundo trámite está siendo analizada en general.

La norma iniciada en moción de la Cámara Baja, refunde dos boletines N° 15610 y N° 16041, ambos buscan velar por la privacidad de los usuarios haciendo identificable estas comunicaciones, así como las de cobranzas extrajudiciales.

SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Según datos del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), las quejas provenientes de usuarios molestos, se ha multiplicado considerablemente en los últimos años.

De 2020 a 2023, se pasó de más de 84 mil solicitudes para ingresar a la plataforma “No Molestar” -por medio del cual, se obliga a las compañías a borrar contactos de su base de datos-, a más de un millón 200 mil.

Asimismo, desde agosto de 2025, las llamadas comerciales deben utilizar prefijos únicos: 600 para comunicaciones solicitadas y 809 para no solicitadas. Con ello, el usuario identifica de un vistazo qué tipo de llamada recibe y la autoridad puede fiscalizar con trazabilidad y el incumplimiento es denunciable ante la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel).

Chile promedia 28 llamadas no deseadas por persona al mes y un 71% de tasa de spam sobre llamadas desconocidas. De ese universo, un 46% corresponde a telemarketing o cobranzas y un 25% a fraude.

PROYECTO

En lo fundamental, el proyecto agrega un nuevo derecho para los consumidores. Este apunta a “no recibir llamados telefónicos o mensajería instantánea con objetivos publicitarios de proveedores a menos que exista consentimiento expreso para aquello”.

En línea con lo anterior, se determina que toda comunicación promocional o publicitaria realizada mediante llamados telefónicos o mensajería instantánea “deberá contar con el consentimiento previo, expreso y específico del destinatario”.

Esto se manifestará a través de una declaración escrita o de un medio electrónico equivalente. También por un acto afirmativo que dé cuenta, con claridad, de la voluntad del titular.

El incumplimiento de la mencionada norma se sancionará con una multa de hasta 1000 unidades tributarias mensuales.

A su vez, el consumidor puede revocar el consentimiento otorgado en cualquier momento y sin expresión de causa. Para ello, utilizará medios similares o equivalentes a los empleados para su otorgamiento o en una plataforma digital claramente visible en la página web del proveedor.


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/chile-el-senado-debate-el-proyecto-no-molestar/