• 29/12/2025 05:53

Las costas de recurrir un abuso deben recaer en el abusador, dice el Supremo

Tiempo estimado de lectura: 1 minutos, 14 segundos

Tribunal Supremo

Las costas de recurrir un abuso deben de recaer en el abusador. Es la conclusión de las sentencias 1785 y 1786 del Supremo del pasado 4 de diciembre. Ambas sentencias modifican el criterio jurisprudencial relativo a las costas tras la sentencia del Constitucional 121/2025 que señala que para proteger adecuadamente la tutela judicial efectiva del consumidor, las costas en caso de recurso deben de recaer en quien ha cometido abuso contra el consumidor siempre que la segunda instancia acepte total o parcialmente las demandas del consumidor.

“El cambio jurisprudencial también se explica por la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 16 de julio de 2020 que señala que para que sean plenamente respetados por derechos del consumidor contemplados en la directiva 93/13, las costas deben de imponerse al profesional”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo.

El experto advierte que este cambio de criterio del Supremo va a suponer la eliminación de un freno que hasta ahora dificultaba el recurso: la posible condena a costas. “No tiene sentido que para defenderte de un abuso tengas una barrera económica; esto disuadía de la defensa efectiva”, señala Navas, que pronostica un incremento “muy sustancial” de recursos tras el levantamiento de esta barrera. “Son miles los casos de abuso y miles los que quedan sin recurso por cuestiones económicas; ahora que el recurso no tendrá coste, muchos consumidores se animarán a recurrir; el impacto económico para las entidades será de muchos millones de euros”, apunta el socio-director de nasvascusi.com.

El cambio de criterio se aplica a los recursos ordinarios, no a los extraordinarios de infracción procesal o casación, apunta el Supremo en su sentencia 5481/2025 del pasado 5 de diciembre. No obstante, aplicando la “cierta discrecionalidad” de la sentencia del TJUE del pasado 27 de noviembre sobre las costas polacas, condena a una entidad financiera a la mitad de las costas.

“Probablemente muchos bancos van a sentir el incentivo de alcanzar a acuerdos extrajudiciales ante la certeza de las costas; se trata de un cambio de doctrina aparentemente técnico pero de gran trascendencia e impacto: hoy los consumidores están protegidos de manera mucho más efectiva”, concluye el socio-director de navascusi.com

La entrada Las costas de recurrir un abuso deben recaer en el abusador, dice el Supremo se publicó primero en Lawyerpress NEWS.


Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2025/12/29/las-costas-de-recurrir-un-abuso-deben-recaer-en-el-abusador-dice-el-supremo/