Castilla y León ha finalizado los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, tras la publicación de las resoluciones definitivas correspondientes a la Administración General de la Junta, el personal docente, el Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl) y numerosas entidades locales. En conjunto, estos procedimientos han supuesto la regularización de más de 10.000 plazas, entre ellas más de 5.800 en Sacyl, alrededor de 1.800 en educación, más de 2.000 en administración general y un número significativo en ayuntamientos y diputaciones.
Los informes del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la ejecución de la Ley 20/2021 ya situaban a Castilla y León entre las comunidades con mayores niveles de temporalidad prolongada, especialmente en el ámbito sanitario y educativo. Muchas de las plazas ahora estabilizadas procedían de relaciones temporales que se extendieron durante años mediante sucesivos nombramientos sin una causa objetiva suficiente.
La finalización de los procesos no subsana el abuso previo. El derecho a reclamar una indemnización no depende del resultado del proceso, sino de la existencia de una relación temporal prolongada e injustificada. Por ello, pueden reclamar tanto quienes han sido cesados tras la adjudicación definitiva como quienes han consolidado una plaza fija: la estabilización ordena la situación administrativa hacia el futuro, pero no repara ni convalida el abuso sufrido durante años, tal como ha reafirmado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, especialmente en su sentencia de 13 de junio de 2024, donde subraya que la convocatoria de procesos selectivos no constituye una sanción adecuada.
A esta línea se suma el dictamen emitido por el Abogado General del TJUE el pasado 9 de octubre, que considera insuficiente la indemnización prevista por el ordenamiento español para sancionar el abuso de temporalidad y recuerda que España sigue sin articular una medida verdaderamente disuasoria. El Abogado General mantiene abierta la posibilidad de que, en determinados casos, la conversión en fija pueda constituir la sanción adecuada conforme al Derecho de la Unión, refuerzo que subraya la necesidad de mecanismos reales de reparación, entre ellos la responsabilidad patrimonial.
Castilla y León cuenta además con resoluciones judiciales relevantes en esta materia. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en su sentencia 4293/2024, reconoció una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado a una empleada interina, incluso después de que hubiese obtenido plaza en otro cuerpo, al apreciar un abuso prolongado de temporalidad. Aunque referido a un caso concreto, este pronunciamiento refleja que el derecho a indemnización se mantiene tanto para quienes obtienen plaza como para quienes resultan cesados, alineándose con el enfoque exigido por el Derecho de la Unión.
Con la toma de posesión de los nuevos titulares o el cese de los interinos que no superaron los procesos, comienza a computarse el plazo máximo de un año para reclamar por abuso de temporalidad. La valoración del tiempo de servicio, la intensidad del abuso y la cuantía indemnizable requiere un análisis individualizado.
Desde Unive Abogados se considera que concurren en Castilla y León los elementos necesarios para exigir responsabilidad patrimonial en casos de abuso de temporalidad.
“La estabilización ordena el futuro, pero no elimina el abuso acumulado durante años. El Derecho de la Unión exige medidas reales y efectivas, y la reclamación indemnizatoria es el cauce adecuado para reparar el perjuicio sufrido por miles de empleados públicos”, señalan desde el despacho.
Los colectivos afectados incluyen personal sanitario de Sacyl, docentes, empleados de la Administración General y trabajadores de entidades locales cuyas plazas han sido estabilizadas de manera definitiva.
Unive Abogados ofrece un servicio de revisión jurídica individualizada para valorar la viabilidad de la reclamación, calcular la indemnización correspondiente y determinar la fecha límite para su ejercicio.