
La Asociación Profesional de Letrados de la Administración de Justicia fue presentada a la comunidad jurídica en un exitoso acto arropado por altos representantes de distintos operadores jurídicos el pasado 23 de octubre de 2025 en el Consejo General de Procuradores de España.
El martes, 18 de noviembre de 2025, su órgano de administración, la Comisión Territorial, se reunió para informar sobre las actuaciones realizadas hasta la fecha y aprobar su agenda estratégica (accede al documento) en las que destacan los siguientes hitos:
1-Creación de un portal de transparencia en su página web con el fin de dar visibilidad a su plan de trabajo y a todos los actos a los que acudan sus representantes.
2- Celebración de un webinar gratuito para todos los Letrados de la Administración de Justicia, el próximo jueves, 4 de diciembre de 2025, sobre Tribunales de Instancia y MASC, temas de máxima actualidad, impartido por Estela Bergel, Directora del Servicio de Ejecución de Barcelona y Adrián Gómez Linacero, Presidente Autonómico en la Comunidad de Madrid de PROLAJ y coencargado de la Sección de Formación y Estudios.
3- Anuncio de la organización de las I Jornadas formativas PROLAJ, tituladas “Por una justicia más eficaz frente de la violencia de género”. Dichas jornadas serán celebradas en las Palmas de Gran Canaria los días 19 y 20 de diciembre de 2025 con la intervención de juristas del mayor prestigio: Antonio del Moral (Magistrado Sala 2ª Tribunal Supremo), Juan Carlos Campo (Magistrado Tribunal Constitucional), Mª Pilar LLop Cuenca (Magistrada Audiencia Provincial de Madrid y ex Ministra de Justicia), Cira García Domínguez (Magistrada experta en Violencia de Género e integrante de AMJE), Fernando Pinto (Letrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo del área penal) o María Auxiliadora Díaz (Magistrada del Juzgado número 2 de Violencia contra la Mujer de Las Palmas de Gran Canaria). Las jornadas serán arropadas por el Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria.
4- Se anuncia, además, el primer Congreso Nacional de la Asociación, en el primer cuatrimestre de 2026.
5-La agenda estratégica de PROLAJ cuyo documento se adjunta, pivota sobre las siguientes líneas maestras:
5.1 Creación de un Observatorio de Tribunales de Instancia para evaluar la aplicación de la fase III -y las dos primeras- de los Tribunales de Instancia.
La Asociación evidencia la parca o inexistente regulación de determinadas situaciones cruciales: a) duración del mandato de los Directores, b) necesidad de que éstos sean nombrados por concurso de méritos y no libre designación (deben ser los más aptos y cualificados y no los mejor relacionados), c) determinación de la facultad de los Directores para unificar o no criterios con carácter vinculante, d) dotar de transparencia la forma de repartir el trabajo, e) dificultades para su implantación por falta de medios personales y materiales, f) revisión integral y objetiva de las cargas de trabajo asumidas por los Letrados de la Administración de Justicia, con criterios técnicos verificables y actualizados en el nuevo modelo organizativo y g) memoria económica y evaluación a largo plazo de la reforma implantada.
5.2 Reconocimiento del derecho a la negociación colectiva propia, abriendo el debate a las centrales sindicales para analizar la situación de desafección del Cuerpo. En la misma línea, se defiende la regulación definitiva de las sustituciones de los Letrados de la Administración de Justicia y una retribución acorde a la relevancia de las funciones asumidas por los Encargados del Registro Civil – tanto exclusivos como para los que comparten sus funciones con su Oficina Judicial- y las recientemente atribuidas a los Directores de Servicios Comunes, Jefes de Área y de Equipo, ya que estas tres últimas figuras no tienen incentivos económicos suficientes para captar a los mejores.
5.3 PROLAJ defiende la integridad y fortaleza del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y reivindica la convocatoria de todas las plazas vacantes para los compañeros de nuevo ingreso, así como la ampliación de las ofertas públicas de empleo, garantizando un acceso suficiente, estable y transparente que responda a las necesidades reales de la Justicia y a la excelencia del servicio público.
5.4 Creación de un Observatorio de los MASC.
PROLAJ tiene una postura crítica sobre la aplicación y configuración de los MASC, pero no rechaza su propia existencia sino la disparidad de criterios en la aplicación, la deficiente técnica legislativa enemiga de la seguridad jurídica y las insuficientes excepciones del art. 5.2 LOMESPJ, apoyando, en esa dirección, la reciente PNL aprobada en el Congreso de los Diputados. El derecho de acceso a la jurisdicción, configurado como derecho fundamental, debe venir regulado con criterios objetivos y diáfanos para evitar interpretaciones discrecionales de la norma y salvaguardar el principio pro actione, partiendo del papel histórico de los Letrados Judiciales como contrapeso del poder para asegurar las garantías del ciudadano.
5.5 PROLAJ reclama la implantación efectiva de una carrera profesional real y cuantificable basada en criterios de mérito y capacidad; creación de incentivos vinculados al talento y a la productividad; instauración de sistemas de evaluación periódica que permita medir, reconocer y retribuir de forma transparente el rendimiento profesional.
5.6 Apuesta decididamente por la automatización y robotización de los trámites e introducción responsable, bajo su garantía, como fedatarios públicos, de la inteligencia artificial, para agilizar la toma de decisiones y tiempos de respuesta, con sujeción siempre a un sistema transparente que permita conocer los algoritmos o fórmulas empleadas en dichas herramientas.
5.7 La Asociación reconoce que la ejecución judicial española debe mejorar en los niveles de pendencia y en la acumulación del capital en las Cuentas de Consignaciones de los juzgados a pesar de la responsabilidad ejemplar de los LAJ y del órgano judicial en la asunción de las funciones de ejecución. Señalan que ello es consecuencia de una morosidad endémica y de fallos estructurales de un sistema ejecutivo burocratizado que necesita mecanismos de automatización del trámite, reformas legales valientes de calado y más medios personales y materiales. Asumen el liderazgo de abrir, con responsabilidad, rigor, datos empíricos y altura de miras, un debate serio y equilibrado, alejado de corporativismos, en la búsqueda de soluciones efectivas para respetar el derecho a la ejecución de las resoluciones sin dilaciones indebidas, sin el cual las resoluciones judiciales son mera declaración de intenciones.
Se considera viable, igualmente, analizar los fundamentos, presupuestos y efectos de una eventual colaboración público-privada, entre otros, con los Procuradores, bajo la supervisión final del LAJ, para la realización de actos materiales de la ejecución prevista ya en el vigente art. 543.2 LOPJ, sin que existan razones de protección de datos que lo impidan (al ser parte procesal)
Un país con una ejecución tardía o ineficaz repele el crecimiento económico, estanca el progreso social y mina la confianza ciudadana en la justicia.
A tal efecto, se constituye un grupo de trabajo experto en Inteligencia Artificial para automatizar procesos (generación automática de mandamientos de pago y robotización de las resoluciones de mero trámite) y otro Grupo de Trabajo con la Procura institucional para examinar el estado actual de la ejecución civil y posibles salidas equilibradas, en pro siempre del interés general.
5.8 PROLAJ reclama una regulación clara, transparente y objetiva en la determinación de los honorarios de la Abogacía en el incidente de costas procesales, para cumplir con el desiderátum del art. 6 de Ley Orgánica del Derecho de Defensa. Se constituye un Grupo de Trabajo con la Abogacía institucional con el objetivo de mejorar las sinergias en temas comunes que afecten a ambos Colectivos, en aras del buen funcionamiento de la Administración de la Justicia, para garantizar la seguridad jurídica, actualmente quebrada por la inexistencia de criterios precisos para conocer el coste económico de un pleito, lo que desincentiva la tutela judicial efectiva.
5.9 PROLAJ manifiesta su plena disposición a incorporar nuevas propuestas, análisis y líneas de mejora que puedan plantear los compañeros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y los distintos operadores jurídicos, manteniendo un espacio abierto, plural y constructivo de debate orientado al fortalecimiento del servicio público de Justicia.
Se abre, a tal efecto, un canal de audiencia a todos los compañeros y compañeras, en el correo de la Asociación (info@nullprolaj.com), para presentar propuestas o sugerencias, canal igualmente abierto a todos los operadores jurídicos.
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