• 18/11/2025 19:17

Chile – Proyecto que crea el contrato de buceo

(origen) Ana Paula Maritano Nov 10, 2025 , , , , , ,
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La Sala del Senado aprobó en particular el mensaje que apunta a lograr una operación eficiente y sostenible en la industria acuícola

El plazo para realizar indicaciones era hasta el 26 de septiembre. Esto, luego que la Sala del Senado aprobara en general la iniciativa.

Por unanimidad, el Senado aprobó en particular el proyecto que crea el contrato de buceo y actividades conexas y que busca una operación eficiente y sostenible en la industria acuícola.

La Sala respaldó en general la iniciativa que también declara el 18 de diciembre de cada año como el Día Nacional de los Buzos de Chile

Ahora, las enmiendas propuestas por el Senado deben ser ratificadas por la Cámara en tercer trámite.

El senador Gastón Saavedra, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, dio cuenta del informe del proyecto y señaló que “la labor de buceo enfrenta múltiples riesgos debido a su complejidad, los que exponen a las y los trabajadores a condiciones extremas que pueden causar efectos fisiológicos adversos tras exposiciones prolongadas a condiciones de trabajo riesgosas a lo largo de sus carreras, lo que puede provocar la aparición de patologías y accidentes de diversas gravedades”.

Según antecedentes de la Dirección del Trabajo, desde el año 2021 las personas trabajadoras del sector de buceo, en específico de la industria del salmón, han enfrentado al menos 31 accidentes graves, 6 de ellos fatales

Riesgos de la actividad

Los principales peligros del buceo son la enfermedad por descompresión (EDC), la embolia gaseosa arterial (EGA) y el ahogamiento. Otros riesgos incluyen el barotrauma (lesiones por cambios de presión), problemas de equipo, lesiones por vida marina, enredos, mareos, quemaduras solares y deshidratación. Enredos: Los buzos pueden enredarse en redes de pesca, cuerdas u otros desechos submarinos, lo que puede provocar lesiones graves o la muerte

Con todo, el texto propuesto avanza en:

-Incorporar al Código del Trabajo el contrato de buceo y actividades conexas, estableciendo las obligaciones del empleador en materia de seguridad y salud en el empleo. El empleador deberá proporcionar todos los medios técnicos y mantener la dotación de seguridad requerida para que las personas trabajadoras desempeñen las labores de buceo en forma segura.

-Entrega a un reglamento expedido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito por el Ministro de Defensa Nacional, la regulación de diversos aspectos propios de la actividad de buceo, tales como: un registro de servicios de buzos; la exigencia de licencia para la labor de buceo; los elementos asociados a los métodos de trabajo seguro; los elementos de protección personal; la determinación de actividades conexas mínimas necesarias para la labor de buceo regulada en este contrato, entre otros.

– Establece que el empleador deberá proporcionar todos los medios técnicos y mantener la dotación de seguridad requerida para que las personas trabajadoras desempeñen las labores de buceo en forma segura; debiendo, además, contar siempre con las labores de asistencia y supervisión sobre las actividades de buceo, incluidas aquellas previas y posteriores a la inmersión, sin que el debido cumplimiento de estas obligaciones pueda afectar los tiempos de descanso de quienes realizan labores de buceo.

-En el caso de que la prestación de servicios de buceo y actividades conexas se realice bajo régimen de subcontratación o servicios transitorios, la empresa principal o usuaria deberá adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de dichos trabajadores.

– Dispone que en el caso de que la prestación de servicios de buceo y actividades conexas se realice bajo régimen de subcontratación o servicios transitorios, la empresa principal o usuaria deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de dichos trabajadores; regulándose las obligaciones y responsabilidades de la empresa principal y de la subcontratista, en materia de seguridad.

-Establece que la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales deberá impulsar la certificación de competencias laborales de las personas trabajadoras del sector.


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/chile-proyecto-que-crea-el-contrato-de-buceo/