La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dado la razón a un hipotecado frente a las cláusulas “abusivas” impuestas por la Unión de Créditos Inmobiliario (UCI), perteneciente al Grupo Santander, y le ordena devolver todo el monto cobrado de forma irregular y adaptar el modelo de amortización para evitar el actual sistema “abusivo”. En concreto, el Tribunal establece como nulas varias de las comisiones incluidas dentro del contrato hipotecario: la cláusula de amortización del préstamo, de la Comisión de reclamación de posiciones deudoras vencidas, la cláusula de Gastos, los Intereses de demora o el Vencimiento anticipado.
La sentencia reconoce que “no consta acreditado que el prestatario fuera debidamente informado de las consecuencias económicas negativas derivadas de esa capitalización de intereses impagados, que era una consecuencia estructuralmente prevista a establecerse durante los primero periodos o fracciones de tiempo una cuota fija insuficiente para cubrir el interés periódico devengado mensualmente con el efecto pernicioso de que no solo no se amortiza capital, sino que se puede incrementar la deuda total al capitalizarse los intereses no abonados, lo que evidencia la abusividad de la cláusula”.
Es decir, durante los primeros años, el hipotecado no amortizaba intereses por lo que el capital cada vez era mayor y, por tanto, la deuda no dejaba de crecer, en lugar de reducirse, como es lógico en un modelo de amortización clásico. Como explica Juan Camacho, abogado de BGI LAW y que ha realizado la defensa del hipotecado, “la sentencia declara abusivo un modelo por el que el cliente cada vez tenía que hacer frente a una deuda mayor de la que nunca era capaz de desprenderse porque, por muchos años que pagara, la deuda en ningún caso decrecía, al contrario, no dejaba de crecer”.
Como relata el abogado, este modelo ha sido durante mucho tiempo utilizado por UCI, por lo que el número de afectados a nivel nacional puede ser muy importante. “Todos los ciudadanos que hayan firmado una hipoteca de este tipo deben saber que pueden reclamar y que la Justicia ya ha dictado que es un procedimiento abusivo y que, por lo tanto, no se ajusta a la legalidad vigente”, recalca Camacho.
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