En una resolución judicial reciente, se ha estimado el recurso contencioso-administrativo presentado por un deudor exonerado contra la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, que rechazaba la anulación de una deuda pendiente con dicho organismo por un importe de 53.001,94 euros.
La sentencia reconoce la validez del auto dictado en el marco del proceso concursal, en el que se concedió de forma definitiva al recurrente el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, conforme al régimen general de exoneración. Esta medida incluye la totalidad de los créditos pendientes, incluso aquellos que no fueron comunicados en su momento, siempre que no sean créditos contra la masa ni privilegiados.
Según se detalla en la resolución, la exoneración alcanza a todos los créditos existentes en el momento de dictarse el auto de 25 de abril de 2023, así como a los mencionados en la aclaración del 10 de mayo de ese mismo año. La sentencia subraya que la medida se aplica con independencia de que los créditos hayan sido específicamente mencionados o de que sus importes varíen, tal como se ratifica en la denegación de aclaración del 28 de abril de 2025.
Este fallo representa un hito relevante para las personas físicas con deudas frente a la Seguridad Social, en procesos tramitados bajo la Ley 16/2022, conocida como la Ley de Segunda Oportunidad, en su versión anterior a la vigente. Esta normativa permite que particulares, autónomos y empresarios en situación de sobreendeudamiento puedan aspirar a una nueva vida financiera.
Magdalena Rico Palao, abogada responsable del caso y representante de la plataforma www.deudaacero.com, destaca el impacto humano de esta ley, que según sus palabras, supone “una alegría inmensa” para quienes logran liberarse de sus cargas económicas. No obstante, recuerda que no todas las deudas son exonerables, como aquellas derivadas de delitos o las relacionadas con pensiones alimenticias de menores.
En definitiva, esta sentencia constituye un ejemplo esperanzador de que siempre es posible comenzar de nuevo. Con el acompañamiento legal adecuado, una vida sin deudas no solo es posible, sino que hoy está más cerca que nunca.
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