• 03/10/2025 07:07

BBVA condenado a devolver 244.821€ a una fotovoltaica de una pyme

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El Supremo ha condenado al BBVA a devolver a una pequeña inversora de Castellón la cantidad de 244.821€ por la colocación de un derivado financiero sin la debida diligencia. El banco se defendió argumentando que la intermediaria de la inversora tenía conocimiento y experiencia en derivados financieros, pero el Supremo concluyó que incumplió con su obligación de informar de la naturaleza y riesgos del producto y de “la carga económica y jurídica” del mismo.

“El banco trata de parapetarse en que al tratarse de una empresa sus exigencias informativas son menores y el Supremo le recuerda que las exigencias normativas siguen intactas”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho mercantil.

El Supremo recuerda -además- que el derivado financiero ligado al préstamo era “esencial, no susceptible de negociación”. Es decir, que fue impuesto por el banco como condición necesaria para el préstamo. “La cliente no lo demandó, se lo impusieron y pensó que era gratuito y una especie de seguro en caso de que subieran los tipos de interés”, explica Navas.

El banco trató de defenderse alegando que la redacción era “clara y transparente”. Sin embargo, el Supremo le recrimina que no debía de estar tan claro cuando es el mismo banco quien le advierte de que tiene que pagar 46.422,67€ porque se habían equivocado en los cálculos del derivado financiero. “Si el mismo banco se equivoca es obvio que el asunto no es sencillo para un profano”, añade el socio-director de navascusi.com.

Finalmente, el Supremo concluye que el error de la inversora fue “excusable” y provocado por el déficit informativo del banco y le condena a devolver 137.593,99€ de intereses pagados del derivado financiero más los 46.422,67€ que se había ‘olvidado’ de cobrar pero que luego exigió más los 60.805€ de la cancelación. Total, 244.821,66€ más intereses y costas.

Se pone fin de esta manera a una pesadilla que comienza el 1 de agosto de 2008 cuando el BBVA le otorga a una pequeña inversora de Castellón un préstamo de 672.000€ para montar una planta de energía solar fotovoltaica. El préstamo llevaba vinculado un derivado financiero que fue el que provocó el daño y la demanda. El juzgado mercantil nº1 de Castellón le dio la razón al BBVA el 27 de junio de 2018 pero el 27 de diciembre de 2019 la Audiencia Provincial de Castellón condenó al BBVA. Finalmente, el Supremo culmina el conflicto con su sentencia del 27 de marzo pasado.

“Es una sentencia muy interesante porque recuerda la doctrina MiFID del plus informativo para los productos financieros complejos, incluídos los clientes empresariales; el banco de de asegurarse que el cliente comprende la naturaleza y riesgos de lo que contrata”, concluye el socio-director de navascusi.com

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2025/04/15/bbva-condenado-a-devolver-244-821e-a-una-fotovoltaica-de-una-pyme/