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El informe pericial del Instituto de Medicina Legal en accidentes de tráfico

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En un accidente de tráfico, la víctima tiene derecho a una indemnización por las lesiones sufridas. Sin embargo, las aseguradoras suelen minimizar la valoración del daño corporal, reduciendo la cuantía de la compensación económica. En muchos casos, presentan informes periciales de parte que, lejos de ser imparciales, favorecen sus propios intereses.

Para evitar estas situaciones y garantizar la objetividad en la valoración de las lesiones, el legislador ha introducido un mecanismo clave en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, y el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre: la posibilidad de solicitar un informe pericial al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML).

Este informe se convierte en un elemento determinante en la reclamación de la indemnización, ya que:
– Es elaborado por peritos médicos imparciales del sistema judicial.
Corrige valoraciones a la baja de las aseguradoras.
Es vinculante en la fase extrajudicial y tiene un alto valor probatorio en juicio.

A continuación, analizaremos su regulación legal, el procedimiento para solicitarlo y su importancia en la defensa de los derechos de las víctimas de accidentes de tráfico.

  1. Regulación legal del informe pericial del Instituto de Medicina Legal

1.1. La Ley 35/2015 y la importancia de la valoración del daño corporal

La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, reformó el sistema de valoración del daño corporal en accidentes de tráfico, estableciendo un marco más preciso para determinar las indemnizaciones.

📌 En este contexto, el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004 establece que la valoración de las lesiones debe realizarse conforme al Baremo de Tráfico, pero cuando exista controversia sobre su gravedad, la víctima tiene derecho a solicitar un informe del Instituto de Medicina Legal.

📌 El artículo 135 de la Ley 35/2015 refuerza esta garantía, permitiendo que los médicos forenses actúen como peritos imparciales en la determinación del daño corporal, evitando así que las aseguradoras reduzcan arbitrariamente la indemnización.

1.2. Desarrollo reglamentario: Real Decreto 1148/2015

Para hacer efectivo este derecho, el Real Decreto 1148/2015 establece el procedimiento para que las víctimas puedan solicitar la intervención del Instituto de Medicina Legal, asegurando que:

🔹 Las aseguradoras deben basarse en la valoración forense en la fase extrajudicial.
🔹 El informe es vinculante para la aseguradora si confirma que la indemnización ofrecida es inferior a la que corresponde.
🔹 Si el informe pericial demuestra que la aseguradora ha infravalorado las lesiones, esta debe asumir el coste de la pericia.

Este sistema protege a las víctimas frente a valoraciones injustas y garantiza un cálculo más justo de la indemnización conforme al Baremo de Tráfico.

  1. ¿Cuándo y cómo solicitar un informe del Instituto de Medicina Legal?

2.1. Requisitos para la solicitud

Para que la víctima pueda solicitar este informe, deben cumplirse las siguientes condiciones:

📌 Que haya discrepancia con la oferta motivada de la aseguradora.
📌 Que la víctima haya presentado una reclamación previa ante la aseguradora.
📌 Que la aseguradora haya respondido con una valoración inferior a la esperada.

Si la aseguradora no ha ofrecido un informe médico propio, la víctima también puede solicitar la intervención del Instituto de Medicina Legal para que valore sus lesiones.

2.2. Procedimiento de solicitud

El procedimiento para solicitar el informe pericial forense es el siguiente:

  • La víctima presenta una solicitud ante el Instituto de Medicina Legal de su comunidad autónoma.
  • Debe adjuntar informes médicos previos, pruebas diagnósticas y la oferta motivada de la aseguradora.
  • El Instituto de Medicina Legal cita a la víctima para una exploración médica.
  • El médico forense emite un informe pericial imparcial sobre la valoración de las lesiones.
  • Si el informe corrige a la baja la valoración de la aseguradora, esta debe asumir su coste.
  1. ¿Por qué es tan importante este informe en la reclamación de indemnizaciones?

 El informe pericial forense es clave para garantizar que la víctima reciba la indemnización correcta.

🔹 Evita que la aseguradora minimice las secuelas: muchas compañías valoran las lesiones en el grado más bajo posible para reducir la indemnización.
🔹 Aporta un criterio médico imparcial: los médicos forenses son expertos en valoración del daño corporal y no están vinculados a ninguna parte.
🔹 Tiene un alto valor probatorio en juicio: en caso de que la aseguradora siga ofreciendo una cantidad inferior, este informe puede presentarse ante el juez como prueba objetiva.

El informe del Instituto de Medicina Legal tiene un peso superior al de los informes de parte elaborados por médicos contratados por la aseguradora, lo que refuerza la posición de la víctima en una reclamación judicial.

  1. ¿Qué hacer si la aseguradora ignora el informe pericial forense?

Si, pese al informe del Instituto de Medicina Legal, la aseguradora sigue ofreciendo una indemnización inferior, la víctima podrá:

📌 Rechazar la oferta motivada y presentar demanda judicial.
📌 Utilizar el informe forense como prueba determinante ante el juez.
📌 Solicitar una pericial independiente para reforzar la reclamación.
📌 Exigir que la aseguradora asuma los costes del informe si su oferta inicial era injustificada.

En estos casos, contar con un abogado especializado en accidentes de tráfico es fundamental para garantizar que la víctima reciba la indemnización completa que le corresponde. En nuestro despacho Abogados por tu Indemnización, entendemos las dificultades que enfrentan las víctimas tras un accidente. Estamos aquí para ayudarte a reclamar tus derechos y centrarte en lo más importante: tu bienestar. Contáctanos hoy para una consulta gratuita.


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/el-informe-pericial-del-instituto-de-medicina-legal-en-accidentes-de-trafico/